RESIDENCIA FUENTE VENTURA

LUEY - VAL DE SAN VICENTE


En nuestra Residencia se presta un servicio que ofrece atención a la persona, orientada a la promoción de la salud y a la prevención y el apoyo a la dependencia, intentando proporcionar una respuesta adecuada a necesidades y demandas vitales, promoviendo su autonomía y su integración en el entorno comunitario.

La Dirección del Centro es quien dirige la actividad y cuenta con el apoyo de un equipo multidisciplinar que coordina y aplica los diferentes servicios y programas.

Entendemos la atención residencial como un servicio de atención a personas dependientes en la esfera de lo social. No realizamos una labor sustitutoria ni complementaría de los servicios sanitarios públicos a los que tienen derecho las personas que viven con nosotros. Para que las personas que viven en la residencia estén atendidos lo mejor posible en el ámbito de lo sanitario, desarrollamos una labor de apoyo y coordinación con los profesionales de la Atención Primaría del Servicio Cántabro de Salud.

        

DERECHOS Y COMPROMISOS DE LOS RESIDENTES Y SUS ALLEGADOS

Se reconoce el derecho de autonomía e identidad, respetando las decisiones de la persona y/o las que hayan expresado en su momento a sus representantes o familiares (en el caso de residentes que tengan mermadas sus facultades cognitivas), reconociendo su capacidad de autogobierno y elección libre entre diferentes opciones

Los anteriores derechos se concretan en los siguientes aspectos:

  1. Una atención personalizada de acuerdo a los Programas individuales de atención.
  2. Ser tratado con respeto y profesionalidad por parte de todos los trabajadores del Centro.
  3. Utilizar las instalaciones y servicios a disposición de los residentes.
  4. Recibir visitas de sus familiares y allegados, adoptándose las medidas necesarias para su promoción y ejecución.
  5. Participar en las actividades que libremente escojan y en la gestión del centro a través de los órganos de representación establecidos.
  6. Ser informados, tanto ellos como sus representantes legales o los familiares por ellos elegidos, sobre todos aquellos asuntos que puedan afectarle o interesarle como residente.
  7. Los residentes, su familia y/o sus representantes, podrán formular las sugerencias y reclamaciones que consideren oportunas, con el fin de conseguir el mejor funcionamiento de los servicios prestados y la mayor calidad de atención. A tal efecto, el centro tendrá a su disposición las Hojas de Reclamaciones establecidas en la normativa vigente, además de establecer procedimientos para facilitar la recogida de opiniones de todas las personas relacionadas con la vida del centro.
  8. Recibir todos los servicios que el centro pone a su disposición: alojamiento, manutención, servicio de limpieza, gestión de la asistencia médica y de enfermería del SCS, asistencia en las actividades de la vida diaria, atención psicosocial y educativa, así como a las terapias y tratamientos propuestos por los profesionales del centro.

Los residentes y/o sus representantes o familiares adquieren el compromiso y el deber de:

 

  1. Conocer y respetar el Reglamento de Regimén Interno, así como los compromisos contraídos en el contrato de residente.
  2. Conocer y cumplir las normas que rigen en el centro residencial, respetando al resto de residentes, a los trabajadores y hacer un buen uso de las instalaciones.
  3. Facilitar la información y los datos que le sean requeridos y que resulten necesarios para la tramitación de cualquier procedimiento imprescindible para la prestación de los servicios de atención residencial.
  4. Comunicar a la Residencia Fuente Ventura cualquier variación en sus circunstancias personales, tanto físicas como psíquicas, socio-familiares o económicas que puedan afectar a su condición de residente.
  5. Comunicar al ICASS la situación de una variación significativa de las condiciones de salud, con repercusión en los niveles de dependencia, en el caso de que el residente sea beneficiario del Sistema de Atención a la Dependencia.
  6. Abonar, según los mecanismos establecidos, los importes correspondientes a los pagos por estancias, los servicios prestados y no incluidos en las mismas, y el resto de tasas o precios públicos que reglamentariamente se establezcan.
  7. Los familiares o representantes legales se responsabilizarán del traslado, acompañamiento y cuidado del residente cuando por razones de salud fuera necesario para consulta médica y/o el ingreso en un centro hospitalario.

Descarga nuestros modelos de Contrato y Reglamento para conocer las condiciones de contratación

 

 

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